El Consultor
Jurídico de la Oficina
de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado, OISOE, informó que al parecer
el Alcalde del Distrito Nacional, Señor Esmérito Salcedo Gavilán, falta a la
verdad de los hechos, o pretende desconocer determinada situación, al denunciar
que la OISOE,
asume una posición desafiante en lo relativo a la construcción del puente
peatonal en la Autopista
30 de Mayo, en las inmediaciones de la Universidad del Caribe.
El licenciado Frank
Reynaldo Fermín Ramírez explica, que tan pronto les fue notificado el irrito
auto No. 037-2013, dictado por el Juzgado de Paz para Asuntos municipales de
Manganagua del Distrito Nacional, la construcción del puente fue suspendida, y
que esa situación de suspensión la reconoció el licenciado Giancarlo Vega, Consultor
Jurídico del Ayuntamiento del Distrito Nacional, ante un requerimiento verbal
que al efecto le hiciera el Procurador General Administrativo, el lunes recién
pasado, en donde admitió que la obra en cuestión esta paralizada.
El Consultor
Jurídico de la OISOE,
deploró que el Alcalde del Distrito Nacional, alegue violación de Estado de
Derecho y desafío a la justicia, cuando en el mes de abril de una manera abierta, irreflexiva y abrupta, un personal a cargo del Ayuntamiento del
Distrito Nacional, y actuando por
instrucciones del señor Salcedo, procedió a realizar la destrucción del
puente en cuestión, sin estar provistos de ninguna disposición legal o
sentencia de ningún tribunal, siendo este un proceder anti jurídico, en
violación al artículo 188, 189, 190, 257 y 438 del Código Penal, y por tanto
quien ha estado desafiando y enfrentado el Estado de Derecho, ha sido él.
Fermín Ramírez
ofreció la información a este medio, tras ser requerido su parecer, sobre el
particular, indicando por igual que la suspensión fue recurrida oportunamente
por ante la Corte
de Apelación Penal del Distrito Nacional, y que sólo se está a la espera de la
fecha de la audiencia, fecha que a su entender, será en breve dada la
naturaleza del proceso.
De igual
manera, Fermín Ramírez precisó, que esa construcción fue iniciada por la OISOE, luego de un pedido
que le fuera realizado al Presidente de la República, en una comunicación suscrita por más
de 20,000 personas que cursan estudios en ese centro universitario y que a su
vez este puente peatonal forma parte del Plan Nacional, plurianual del Sector
Público, elaborado por el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo de
la República Dominicana , para los años 2013-2016, en la página 161 de ese
informe figura como inversión pública relevante entre otras, la construcción
puente peatonal Universidad de Caribe, en la Avenida George Washington.
La OISOE
actualmente ejecuta esa y otras obras de esta naturaleza, en atención a masivos
requerimientos de numerosas comunidades de todo el país y con la motivación de
proveer de seguridad, preservar y proteger vidas humanas, dijo Fermín,
mencionando el hecho de que donde se
pretende construir el mencionado puente, se han producido una gran
cantidad de accidentes de tránsito, habiendo ya fallecido en ese entorno varias
personas; mientras el proceder del Alcalde Salcedo Gavilán, según el jurídico
de la OISOE, es
al parecer selectivo, y pretende confundir a la opinión pública, en lo relativo
a puente peatonal y parqueos.
¨Esta Oficina
Supervisora no tiene nada que ver con la posibilidad o intensión de
construcción de parqueos¨, declaró Fermín Ramírez. El criterio externado por el
Alcalde Salcedo, y el cual respetamos aunque no compartimos, de que “el
problema de la Universidad de Caribe, se resuelva con menos aulas y menos
estudiantes, y más parqueos, además de manifestar que esa construcción es para
“una universidad y eso es un negocio”, lo consideramos desafortunado.
Por último
expresó que, la OISOE
ha procedido de conformidad con el mandato legal, y que conforme a las leyes en
la materia, y de manera particular las previsiones contenidas en la Ley 1474,
sobre Vías de Comunicación, por ser la autopista de 30 de mayo, una vía que
comunica el Distrito Nacional, con varias cabeceras de provincia, corresponde
al Estado Dominicano, y no al Distrito Nacional, por tanto al corresponder al
Estado Dominicano, la ley dispone que se halla bajo la jurisdicción del Ministerio
de Obras Públicas y Comunicaciones; aún así, la construcción del puente se
encuentra detenida como consecuencia de una orden de suspensión de un tribunal
acatada por el Director de la
OISOE, sin embargo el tribunal que ordenó dicha medida, posteriormente procedió
a declinar el proceso por considerarse
incompetente, incompetencia reconocida por el Fiscalizador del Juzgado de Paz
Municipal de Manganagua.
El Jurídico dijo haber recibido instrucciones
precisas del Director de la
OISOE, de utilizar las vías de derecho puestas a nuestro
alcance para conjurar esta lamentable situación provocada por el Alcalde del
Distrito Nacional.
Concluyó
diciendo estar esperanzado, en que el Alcalde del Distrito Nacional, deponga la
actitud desafiante, e ilegal llevada contra la OISOE, y que ambas instituciones puedan trabajar
para el bienestar de todo el país.